Tema: Legalización de la marihuana en C.R.
Integrantes: Ezequías Calderón Vargas_ Ignacio Juárez Carmona
Profesor: Jesús Vargas Elizondo
Institución: CINDEA COBANO
Año: 2015 Seccion: C-2
- OBJETIVOS
- Objetivo General
- Investigar La Investigación vigente y propuesta para el uso de la Marihuana en C.R.
- Objetivos específicos
- Conocer leyes vigentes que existen sobre la Marihuana
- Analizar el proyecto de ley propuesto para el uso del la Marihuana en C.R.-Leyes Vigentes que existen sobre la marihuana en Costa Rica*(Ley 8204): Según la Ley de psicotrópicos en C.R. el consumo de drogas ilícitas no es un delito.
- No existen en Costa Rica cantidades máximas definidas la tenencia o posesión de marihuana considerada para uso personal.
- Los policías solo pueden requisar a las personas que estén consumiendo marihuana u otras sustancias en un sitio público y decomisar la sustancia, cuando hay evidencia, los policías solo pueden dar un consejo a esa persona.
- Si un policía te detiene hazle saber cordialmente que tienes derechos y que en C.R. el consumo de mariguana no es un delito.
*(Ley 5395):La ley general de la salud prohíbe el uso el uso, pero no está sancionado ya que es una ley personal , esta ley también es explicita que toda persona consumidora tiene el derecho de recibir servicios de salud gratuitos y voluntarios según los artículos 19 y 20 por lo tanto nadie puede negar dichos servicios a los consumidores.
- Según la ley 8204 se impondrá una pena de 8 años a quien venda, modifique o plante drogas ilícitas.-Derechos de las personas Usuarias de la mariguana
- Derecho a la libertad: Todos tenemos el derecho a decidir sobre nuestro propio cuerpo y lo que en el introduzcas, siempre y cuando no violentes la libertad de otras personas, irrespetes la ley o cometas un delito. La libertad implica asumir la responsabilidad de dar la elección de consumir o no consumir drogas, así como de asumir los riesgos que esto acarrea.
- Derecho a la salud: El acceder libremente a los servicios públicos o privados de salud de tu elección, donde no se te puede discriminar o negar al servicio por ser una persona consumidora de mariguana.
LO QUE PRETENDE ESTE PROYECTO DE LEY

PRESENTACION Y VIAS DE ADMINISTRACION AUTORIZADAS PARA EL USO DEL MEDICINAL DE CANNABIS

PROHIBICIONES
Las siguientes actividades quedan prohibidas:
• Fumar Cannabis medicinal autorizado en los espacios o lugares públicos y privados, según lo indica el artículo 5 de la Ley General para el Control de Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud, 9028 (Ley Anti-tabaco).
• Comercializar semillas a particulares no autorizados.
• Reproducir semillas de Cannabis en el país sin la debida autorización del IIRCCA.
• Cultivar y utilizar plantas de Cannabis macho para fines distintos a la reproducción de semillas y la investigación.
• Utilizar pesticidas y herbicidas que no sean orgánicos en las plantaciones de Cannabis y Cáñamo autorizadas, conforme a la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley 8542.
• Mezclar las sustancias o productos de la planta de Cannabis y del Cáñamo para uso medicinal con otras sustancias sintéticas.
• Cualquier forma de publicidad y promoción de medicamentos de Cannabis y Cáñamo medicinal, cuando induzca a error; utilice información falsa o sin fundamento científico.
• Comercializar medicamentos de cannabis y cáñamo sin contar con la respectiva licencia.
INSTITUCIÓN ENCARGADA
Con el objetivo de la investigación, regulación y control de estos sectores, se creará el Instituto de Investigación, Regulación y Control del Cannabis y el Cáñamo (IIRCCA). Un órgano adscrito al Ministerio de Salud, con desconcentración máxima y personalidad jurídica instrumental para administrar los fondos, suscribir contratos nacionales e internacionales, convenios de cooperación o transferencia de recursos. De manera exclusiva, este instituto quedará a cargo de la realización de todas las investigaciones, otorgamiento de licencias y permisos para la utilización y comercialización de las plantas, sus usos y los productos autorizados en esta ley.
COMPETENCIAS DE LA IIRCCA
Entre las competencias y responsabilidades que tendrá este instituto se encuentran: A) La investigación y validación en forma exclusiva del uso medicinal, terapéutico y alimentario del Cannabis. B) Potestad para regular todos los mecanismos y protocolos para la obtención de concesiones, licencias y permisos. Al igual los protocolos de seguridad para el control de semillas, la administración de dispensarios, laboratorios, normas de manufactura de productos farmacéuticos y alimentarios, fincas de cultivo, el control y certificación de las concentraciones de THC y CBD. C) Potestad para regular todos los mecanismos para la autorización de los uso agroindustriales y la comercialización del Cáñamo. D) Potestad para sancionar a los infractores de ley, con las prohibiciones, infracciones y sanciones establecidas por esta ley. E) Controlar y fiscalizar la plantación, cultivo, cosecha, producción, reproducción, acopio, distribución, industrialización, comercialización, exportación, transporte y expendio de Cannabis. F) Coordinar con las instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras de los sectores de salud y educación. G) Asesorar al poder ejecutivo sobre la formulación y aplicación de las políticas públicas dirigidas al control de estos sectores. Además coordinar los ofrecimientos de cooperación técnica realizados al país en esta materia y aportar evidencia científica, mediante la investigación y evaluación de la estrategia para la orientación de las políticas públicas de Cannabis.
CONCESIONES
Se otorgarán concesiones para las actividades relacionadas con el cultivo, producción e industrialización del Cannabis y Cáñamo medicinal regulados en la presente ley. Dichas concesiones habilitarán al titular para el cultivo, producción, industrialización, transporte y comercialización de las plantas descritas anteriormente.
FARMACIAS DE LA CCSS
El instituto encargado deberá proveer a las farmacias de la Caja Costarricense del Seguro Social los medicamentos basados en Cannabis. La C.C.S.S. estará autorizada para distribuir estos medicamentos en sus farmacias en las presentaciones y vías de administración autorizadas.
BIBLIOGRAFIA
CANNABIS MEDICINAL COSTA RICA-SD-ENCONTRADO COMO RESUMEN PROYECTO DE LEY 19.256
http://medicalcannabiscostarica.org/descargas/Resumen%20Proyecto%20de%20Ley%2019256.pdf
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